En el artículo publicado en este mismo Blog Jurídico bajo el título «Ruido insoportable» (Octavio Topham, abogado, 26/10/2424), le adelantábamos que la Ley del Ruido contempla los mapas de ruido (art. 14 LR) y los planes de acción en materia de contaminación acústica (art. 22 LR) como dos instrumentos idóneos para prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica. En el presente «Mapas de ruido», nuestro compañero Hermes López Domínguez desarrollará de manera tan certera como precisa el primero de esos instrumentos.
Marco normativo de los mapas de ruido
La regulación nacional sobre el ruido proviene de la Directiva 2022/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental. Esta Directiva marcó el punto de inicio para sentar las bases de una normativa reguladora que diese respuesta a la protección del derecho constitucional recogido en los artículos 43, 45 y 47 de la Constitución española.
Los derechos recogidos en el capítulo III del título I de la Constitución Española son principios rectores de la política social y económica. Esto implica que deben ser desarrollados y especialmente protegidos por los poderes públicos. Es decir, por la administración pública. El legislador plasmó ese mandato constitucional en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Dicha norma fue desarrollada mediante el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, y el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
La normativa citada pretendía responder al mandato constitucional que hemos comentado a través de una regulación exhaustiva del ruido, y en lo que nos ocupa en el presente artículo, de una regulación sobre cómo prevenir el ruido. Así el artículo 2 de la Ley del Ruido comienza enunciando que la esta tiene por objeto “prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica” o ruido. La primera finalidad será, por tanto, prevenirlo. Es por ello que la Ley del Ruido regula en su artículo 14 los mapas de ruido como instrumentos de prevención. A los efectos de vigilar y reducir el ruido contempla en cambio, en su artículo 22, los planes de acción en materia de contaminación acústica.
Concepto y finalidad de los mapas de ruido
Es por tanto que a los efectos de prevenir el ruido dicha ley, con su posterior regulación reglamentaria, instaura la obligación de las administraciones públicas de informar al público sobre el ruido. Para ello se vale de la elaboración preceptiva de mapas estratégicos de ruido. En ellos se regulen las zonas potencialmente conflictivas en dicha materia. La normativa delimita estas zonas por grandes autovías, grandes ejes ferroviarios, grandes aeropuertos y grandes aglomeraciones de población. Además, en dichos mapas se busca delimitar los efectos de dichas zonas de riesgo sobre la población y los valores de contaminación acústica o ruidos límites que se pueden alcanzar en tales localizaciones.
Así, la finalidad buscada por dichos mapas de ruido, no es otra que localizar las zonas más conflictivas en cuanto a contaminación acústica se refiere, para prevenir la misma. Como, en los casos en que proceda, bien porque no se respetan los niveles máximos de ruido permitidos en las zonas enunciadas, o bien porque se consideran zonas de riesgo para la salud en cuanto a contaminación acústica se refiere, desarrollar planes de acción en materia de contaminación acústica para vigilar y reducir el ruido en dichas zonas.
¿Dónde puedo consultar los mapas de ruido?
Si desconoce si la zona en la que vive o donde tiene pensado residir es una zona de riesgo en lo que a contaminación acústica se refiere, puede consultar los mapas estratégicos desarrollados a nivel estatal en el anterior enlace.
En futuras entradas a este Blog jurídico le indicaremos qué son los planes de acción en materia de contaminación acústica y cómo pueden afectarle.
Abogados especializados en ruidos molestos
Si desea conocer cómo le afectan los mapas de ruido y los planes de acción en materia de contaminación acústica, consulte con un despacho especializado. Si quiere realizar una consulta sobre cómo ejercitar sus derechos en materia de ruidos molestos o insoportables, puede cumplimentar el formulario que encontrará al pie de este artículo y contactaremos con usted en el plazo máximo de un día hábil.