
La Directiva 2022/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, define al ruido molesto como el «sonido exterior no deseado o nocivo generado por las actividades humanas, incluido el ruido emitido por los medios de transporte, por el tráfico rodado, ferroviario y aéreo y por emplazamiento de actividades industriales».
La enumeración anterior no es exhaustiva. Puede ser objeto de acciones legales el ruido proveniente de muy diversas fuentes. Así, p. ej., de la actividad administrativa (ferias, conciertos, eventos deportivos, …), de la actividad comercial (talleres, cafeterías, restaurantes, supermercados, …) o, incluso, el ruido que procede de la vivienda de su vecino. Cada cual presenta sus peculiaridades y sus límites, y puede ser combatido de diversas maneras y por distintas vías.
En la sección ruido integrada en nuestro Blog Jurídico desarrollaremos muchos aspectos relacionados con el ruido molesto, nocivo e insoportable.
Baste ahora con comentarle que desde noviembre de 2024 nuestro despacho dedicará un área específica para el ejercicio de acciones legales contra el ruido, que será llevada conjuntamente por los abogados Octavio Topham Camejo, Letrado núm. 166 del Iltre. Colegio de la Abogacía de Lanzarote, y por Hermes Azor López Domínguez, colegiado núm. 648 del mismo Colegio profesional.
Tras una primera o sucesivas consultas evaluaremos su situación y en función del nivel de ruido soportado y, sobre todo, de la fuente del ruido, le daremos a conocer, de entre todas las actuaciones particulares, administrativas o judiciales posibles, cuál o cuáles de ellas podrían ajustarse mejor a sus necesidades.
En todos los casos, sería idóneo contar con un dictamen pericial (en este campo, conocido como sonometría o audiometría) que nos permita primero conocer y luego acreditar que el nivel de ruido soportado por usted excede del nivel de ruido permitido por la normativa nacional, autonómica y local.
Nuestros servicios contra el ruido incluyen:
- Evaluación inicial de su caso (en una o varias consultas)
- Orientación jurídica para intentar solucionar su problema sin recurrir a la vía judicial
- Actuaciones ante particulares, incluyendo en su caso ante su comunidad de propietarios cuando el ruido provenga de cualesquiera de las fincas de su edificio.
- Actuaciones administrativas cuando el ruido haya sido promovido por la administración pública (conciertos, verbenas, pruebas deportivas y otras)
- En casos de inactividad o respuesta en contra de la administración pública: dirección legal de su procedimiento en vía contencioso-administrativa con reclamación de las indemnizaciones que en su caso pudieran corresponderle.
- Si se dieran los requisitos necesarios para ello, además de lo anterior, procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona por violación de los derechos constitucionales a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio.
- Actuaciones ante la administración pública cuando, aunque el ruido no provenga de ella, sea necesario requerirla para la práctica de pruebas de sonometría o audiométricas
- Dirección legal en el ejercicio de acciones civiles, especialmente en reclamación de daños y perjuicios por culpa o negligencia.
- Si el ruido molesto proviene de alguno de los vecinos de su comunidad, promoveremos que la comunidad de propietarios plantee las acciones legales oportunas o, en su defecto, le orientaremos sobre las acciones a ejercitar ante la pasividad de la comunidad de propietarios.
- Acciones de cesación del ruido por actividades molestas. En caso de que lo estuviera ocasionando el arrendatario, podría llegarse a resolver su contrato de arrendamiento.
- Si el ruido molesto proviene de una obra de construcción, y siempre que se den los requisitos legalmente previstos para ello, dirección legal del procedimiento judicial de interdicto de obra nueva.
Nuestro equipo de abogados contra el ruido molesto o insoportable

Hermes Azor López Domínguez
Abogado en Arrecife
Letrado Nº 648 del Iltre. Colegio de la Abogacía de Lanzarote

Octavio Topham Camejo
Abogado en Arrecife
Letrado Nº 166 del Iltre. Colegio de la Abogacía de Lanzarote
Si quiere concertar una cita para su consulta en asuntos contra el ruido, puede rellenar nuestro formulario de contacto, y nos pondremos en contacto con usted en el plazo máximo de un día hábil.