Formas de designar al Contador-Partidor. Funciones y distinción de figuras afines.

En posteriores entradas a este blog jurídico veremos cómo se divide una herencia. Por el momento vamos a limitarnos a explicar cuáles son las formas de designar al Contador-Partidor y cuáles sus funciones.

Concepto

El contador es la persona designada (por el testador, por los herederos, o por la autoridad judicial) para realizar las operaciones particionales durante la división de una herencia. Su función consiste, por tanto, en dividir y repartir la herencia de una persona fallecida.

Distinción de figuras afines

Se diferencia del Albacea en que este tiene como función cumplir todos los mandatos contenidos en el testamento: entregar los legados dejados por el causante, realizar actos de conservación de los bienes integrados en el caudal hereditario, gestionar la relación de la herencia con la Agencia Tributaria, con entidades bancarias, …

El Administrador de la herencia, por su parte, tiene por cometido la administración de la herencia por el plazo fijado por el testador o, en su defecto, por el Juez.

Nada impide que una misma persona ejerza dos o más de esos cargos de forma simultánea.

Retomando la figura que nos ocupa, la normativa vigente contempla varias formas de designar al Contador-Partidor. A continuación haremos una breve referencia a cada una de ellas.

Formas de designación

Contador voluntario. El párrafo primero del art. 1057 del Código Civil permite la designación directa de contador-partidor por el causante. Es el único supuesto, además, en que puede ejercer el cargo de contador una persona que no sea abogada. En todos los demás casos, el contador-partidor deberá tener la condición de Abogado en ejercicio.

Contador dativo. Al igual que el anterior, el Código Civil contempla su designación en el art. 1.057 CC, con la peculiaridad de que en lugar de nombrarlo el testador, lo hace uno o más herederos o legatarios, siempre que representen al menos un 50% del haber hereditario. Además, la partición realizada por el contador dativo debería ser aprobada o bien por el 100% de los herederos y legatarios, o bien por el Letrado de la Administración de Justicia (antiguo Secretario judicial) o bien por el Notario, según el proceso por el que se hubiera designado al contador dativo (Ley de Jurisdicción Voluntaria, o Ley del Notariado).

Contador judicial. Por último, la forma de designación más popularizada entre la abogacía -aunque no la más numerosa, puesto que un 50% de las designaciones del cargo de contador-partidor realizadas en España son las voluntarias, realizadas por el testador- es la que realizan los Juzgados de Primera Instancia en los procesos de división de la herencia. Aparece regulada en el art. 783 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Cómo dividir una herencia

Como habíamos anunciado al inicio de esta entrada, dejaremos para una ocasión posterior en qué consiste el proceso de división de la herencia, y qué diferentes formas hay de conseguirla.

El autor de esta entrada tiene experiencia en las funciones de contador-partidor. No obstante, por motivos de agenda, solo podrá aceptar particiones a partir de febrero de 2024.

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Octavio Topham

Octavio Topham

Abogado
Letrado núm. 166 del Iltre. Colegio de Abogados de Lanzarote
www.octaviotophamabogado.es

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