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Huelga de Jueces y Fiscales

Diversas asociaciones judiciales y fiscales han convocado y mantienen una huelga de Jueces y Fiscales para los días 1, 2 y 3 de julio de 2025. Pese a lo excepcional de la situación, no será la primera vez que se produce un hecho similar en la historia reciente de nuestro país. En este post te explicamos en qué consiste esta huelga, especialmente a partir del comunicado emitido el 30 de junio de 2025 por el Comité de Huelga.

¿Quién puede secundar la huelga?

El derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, cuya titularidad es individual. Esto significa que cada juez o fiscal decide libremente si se adhiere o no a la huelga, sin necesidad de comunicar su decisión a decanos, presidentes de sala o fiscales jefes, según fundamentan los convocantes, con base en la STC 11/1981, de 8 de abril.

¿Qué días podrá hacerse el seguimiento?

La huelga está prevista para los días 1, 2 y 3 de julio de 2025, en horario de 08:00 a 16:00 h. Los Jueces y Fiscales que deseen secundarla podrán hacerlo un día, varios, o todos, a la libre elección de cada profesional.

Huelga de Jueces y Fiscales: ¿Qué actuaciones deben garantizarse?

Los convocantes han establecido unos «servicios mínimos» para cubrir únicamente las actuaciones inaplazables o que afectan directamente a derechos fundamentales. Algunos ejemplos:

  • Guardias con detenido
  • Medidas cautelares urgentes
  • Actuaciones en causas con presos
  • Medidas provisionales con menores o personas con discapacidad
  • Suspensión de lanzamientos por vulnerabilidad
  • Donación de órganos entre personas vivas
  • Resoluciones urgentes de Vigilancia Penitenciaria

Se excluyen juicios inmediatos por delitos leves sin detenido o juicios rápidos sin detenido.

¿Qué postura mantiene la Fiscalía General del Estado?

Según información aparecida en diversos medios de prensa, las organizaciones Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y la Unión Progresista de Fiscales [UPF] han decidido no secundar la huelga.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado ha declarado que la huelga carece de soporte normativo, y no ha reconocido oficialmente su convocatoria. Sin embargo, exige garantizar actuaciones que afectan a derechos fundamentales, lo que ha sido interpretado por el Comité como una contradicción que desnaturaliza el derecho de huelga.

Las asociaciones convocantes han recurrido esta decisión y advierten que cualquier coacción o amenaza disciplinaria por ejercer un derecho fundamental podría generar responsabilidad penal.

Mientras tanto, el Consejo General del Poder Judicial [CGPJ] mantiene una postura similar a la de la Fiscalía General del Estado, si bien, nuevamente según información aparecida en diversos medios de prensa, no se prevé aplicar medidas disciplinarias.

Resulta indudable que el derecho de huelga es un derecho fundamental, contemplado en el art. 28.2 de la Constitución Española, si bien tradicionalmente ha sido discutido que sean un derecho extendido a Jueces y Fiscales, dado su peculiar estatuto como funcionarios públicos con ejercicio de funciones constitucionales y no dependientes de relaciones laborales ordinarias.

Sin embargo, la jurisprudencia constitucional ha confirmado que también tienen derecho de huelga, si bien de forma limitada y compatible con los servicios esenciales de la Justicia.

Huelga de Jueces y Fiscales: Antecedentes de Hecho

Decíamos al inicio de este artículo que, aunque inusual, esta situación no está huérfana de antecedentes. En febrero de 2013, bajo el Gobierno del Partido Popular, los Jueces convocaron una huelga para protestar por la reforma del Consejo General del Poder Judicial y por los recortes en materia de Justicia, un ámbito que no escapaba de la situación generalizada de crisis económica en que por aquel entonces se encontraba el país.

El Consejo General del Poder Judicial mantiene publicada las estadísticas, según las cuales, secundaron la huelga de 2013 un 41,32% de Jueces, esto es, 2.072 Jueces, de los 5.015 que en aquel entonces ejercían esa profesión en España.

El segundo hito tuvo lugar en mayo de 2018, y prácticamente contó con el mismo guión y protagonistas que el anterior. Durante la segunda legislatura de Mariajo Rajoy, continuaba el malestar en el estamento por la falta de medios materiales y humanos en los edificios judiciales de España. Las asociaciones de Jueces y Magistrados se alzaron en aquel momento contra lo que entendieron una falta de independencia y la politización del Consejo General del Poder Judicial.

La actual sería, por tanto, la tercera huelga oficial de Jueces durante la historia reciente de la democracia.

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Octavio Topham

Octavio Topham

Abogado
Letrado núm. 166 del Iltre. Colegio de Abogados de Lanzarote
www.octaviotophamabogado.es

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